Obtención de Ciudadanía Sudafricana
Según la Ley de Ciudadanía (South African Citizenship Act, No. 88 of 1995), la ciudadanía sudafricana puede obtenerse:
- Por nacimiento: Nacido en territorio sudafricano, siempre y cuando sus padres sean sudafricanos o extranjeros legales con residencia permanente en la República de Sudáfrica. No se incluyen en esta categoría los hijos de diplomáticos o representantes de gobiernos extranjeros, ni los hijos del personal doméstico dependiente de funcionarios extranjeros.
- Por naturalización:
- Por matrimonio: Cónyuges o viudos/as de ciudadanas/os sudafricanas/os que sean sean residentes legales y hayan vivido en Sudáfrica durante no menos de 2 (dos) años consecutivos previos a la fecha de solicitud de ciudadanía, luego de la fecha de casamiento con dicha/ ciudadana/o sudafricana/o.
- Por residencia permanente: Extranjero mayor de edad que haya sido residente legal en Sudáfrica durante un período de 1 (un) año consecutivo previo a la fecha de solicitud de ciudadanía, y que además haya residido en la RSA durante no menos de 4 (cuatro) años dentro de los 8 (ocho) años anteriores a la fecha de solicitud de ciudadanía, y que tenga la firme intención de seguir residiendo permanentemente en Sudáfrica. Debe: a) Poder comunicarse en cualquiera de los idiomas oficiales de Sudáfrica; b) poseer un conocimiento adecuado de las responsabilidades y privilegios de un ciudadano sudafricano; c) tener la firme intención de continuar residiendo en la República de Sudáfrica, y d) no tener antecedentes policiales/criminales.
- Por descendencia: Nacido en el extranjero, siendo al menos uno de sus padres ciudadano sudafricano. Su nacimiento debe ser inscripto en la Embajada sudafricana que tenga jurisdicción en su país de residencia de acuerdo con el Births and Deaths Registration Act, 1992 (Act No. 51 of 1992).
Tenga en cuenta que lo que precede es un breve resumen de la South African Citizenship Act, No. 88 of 1995. Puede solicitar el texto completo de dicha ley en la Embajada de Sudáfrica más cercana y/o en cualquier oficina regional del Department of Home Affairs.